La Mediación es una forma de resolución de conflictos, que en los países desarrollados viene utilizándose durante décadas, y ofrece una alternativa cuando las partes implicadas en el conflicto son incapaces de llegar a un acuerdo por sí mismas.
La mayor ventaja de la mediación es que el acuerdo lo proponen las partes, de manera que el resultado de la mediación siempre satisface a ambas partes.
El mediador de conflictos es neutral y externo al conflicto. Trabaja para lograr que cada parte cambie su perspectiva para lograr un enfoque colaborativo en el que todos ganen.
Nuestros mediadores están especializados, con dilatada experiencia como peritos, unen sus conocimientos técnicos a las herramientas de mediación, al objeto de ayudar a las partes a alcanzar un acuerdo estable y duradero.
La Mediación puede ayudar a la empresa en:
- La intensidad de las emociones que les dificulta la comunicación.
- Ahorra tiempo, dinero y coste emocional.
- Acudir a los tribunales degrada las relaciones.
Dentro de la mediación civil se engloban diferentes tipos de mediación, como la familiar o la vecinal, y se ocupa de las controversias entre personas o entre personas y entidades, que se refieran a contratos privados, herencias, patrimonio, vivienda y en definitiva a todo lo regulado por el derecho civil. Se aplica a los temas que trata el derecho civil:
- Relaciones económicas dentro de la familia tales como herencias, propiedades familiares, etc
- Obligaciones y contratos civiles
- Vivienda, proindivisos, alquileres…
- Compra venta y comercio electrónico
- Propiedad intelectual
En definitiva, todo lo que una persona suele hacer en su vida como persona física y que es susceptible de generar algún tipo de conflicto. Las relaciones familiares del matrimonio, separaciones, divorcios y problemas de convivencia familiar, suelen enfocarse desde la mediación familiar.
Características de la mediación civil:
ES MUCHO MÁS BARATA QUE UN JUICIO
Según un estudio del Parlamento Europeo, es hasta 5 veces más barata una mediación que un juicio
ES MUCHO MÁS RÁPIDA QUE UN JUICIO
Una mediación dura semanas, un juicio dura años.
ES SECRETA
Todas las partes tienen obligación de mantener secreto todo lo que se diga en una mediación, por lo que las personas pueden resolver sus conflictos familiares o con terceros, sin que trascienda a la opinión pública o a su entorno, empresa…
PERMITE MANTENER LAS RELACIONES EN EL FUTURO
Los juicios y los arbitrajes rompen las relaciones para siempre, mientras que la mediación, al ser las partes quienes buscan la solución que mejor cubre las espectativas de ambas partes, permite que las relaciones familiares o vecinales continúen en el futuro entre ellos de una forma más positiva.
LAS PARTES PUEDEN ACUDIR A LA MEDIACIÓN CON ASESORES LEGALES O TÉCNICOS
Es posible y en muchos casos muy recomendable, que a las sesiones de mediación asistan a las partes sus propios abogados o asesores, quienes aportarán la visión más interesante para su cliente y garantizarán que las soluciones que encuentren sean realizables técnica y legalmente.
SI NO SE LLEGA A UN ACUERDO SE PUEDE SEGUIR CUALQUIER VÍA JUDICIAL O ARBITRAL
En el caso en que tras las sesiones de mediación las partes no llegaran a un acuerdo, podrían acudir a los tribunales o solicitar un arbitraje o un laudo si procede, sin que la mediación habida suponga ningún obstáculo.
PUEDE SOLICITARSE UNA MEDIACIÓN ANTES O INCLUSO EN CUALQUIER MOMENTO DE UN PROCESO JUDICIAL
La mediación civil es posible antes de llegar a los tribunales, pero si el asunto ya está judicializado, puede solicitarse una mediación que interrumpirá los plazos judiciales, por así decirlo “congelará” el procedimiento judicial. Puede solicitarse en cualquier momento salvo que se esté a la espera de sentencia.
EL ACUERDO DE MEDIACIÓN TIENE FUERZA EJECUTIVA
Cuando se alcanza un acuerdo de mediación, éste se firma por las partes y el mediador, y tras ello las partes pueden elevarlo a público. Tras ser firmado por el notario, los términos del acuerdo pueden ser exigidos ante los tribunales de primera instancia, o ante el tribunal que hubiera entendido del caso si estuviera previamente judicializado, con los mismos efectos que tendría una sentencia judicial.
El proceso en la mediación civil:
- Solicitud de mediación de una o todas las partes.
- Citación a las partes para una sesión informativa.
- Fijación del número y periodicidad de las sesiones de mediación.
- Las sesiones tienen lugar colectiva o individualmente con cada parte.
- Acuerdo entre las partes y firma, o fin sin acuerdo.
- Si hay acuerdo, las partes podrán llevar a un notario las acta de inicio y de acuerdo.
Desarrollo de las técnicas de la mediación y del procedimiento de acuerdo con los principios y garantías que establece la ley, en especial respecto a los asuntos que no puedan someterse a mediación, el respeto a los derechos y legítimas expectativas de terceros, así como la responsabilidad del mediador.